Todas las aguas y cuerpos de agua en Puerto Rico pertenecen legalmente al Pueblo de Puerto Rico, constituyendo una riqueza de dominio público. [1]
Titularidad y Leyes
- Dominio público: La Ley Núm. 136 de 1976 declara expresamente que todas las aguas de la isla son propiedad del pueblo.
- Naturaleza pública: Ninguna persona o entidad privada puede adueñarse de ríos, lagos, quebradas o mantos acuíferos naturales.
Uso y Aprovechamiento
- Concesiones: Para extraer o utilizar agua con fines comerciales o agrícolas, los ciudadanos o empresas necesitan solicitar permisos o concesiones oficiales al Estado.


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